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CATEGORIAS DEL PERSONAL DEL PEDECIBA
I) Personal propio:
PRIMER NIVEL:
Calificación:SEGUNDO NIVEL:Serán científicos con línea propia de investigación y con producción reciente de alto nivel, publicada en revistas arbitradas. Deberán tener un Doctorado en su especialidad o acreditar una formación equivalente y poseer amplia experiencia en investigación en la disciplina y antecedentes en la formación de colaboradores.
Incluye dos grados:
Grado 5:
Es aquel capacitado, por la calidad de sus antecedentes, para formular y llevar adelante un proyecto de investigación del más alto nivel, y, en general, con experiencia suficiente como para asumir la dirección de un equipo de investigadores y contribuir a la formación de tesistas.
Grado 4:
Es aquel que, si bien posee una calificación científica adecuada al primer nivel, carece de la experiencia y los antecedentes que distinguen a un Grado 5. En general, sin embargo, se le considera capacitado para desarrollar proyectos de investigación de carácter personal y contribuir a la formación de tesistas.La Comisión Directiva reglamentará para cada Area la forma detallada de implementación de estas definiciones.
Calificación:
Se trata de científicos con producción reciente, publicada en revistas arbitradas. Deberán tener un Doctorado en su especialidad o acreditar una formación equivalente.
Incluye un grado:Grado 3:Es aquel que, bajo la dirección de los investigadores de primer nivel, presta su colaboración al desarrollo de proyectos de investigación, pudiendo participar también en la formación de tesistas.
Los estudiantes del PEDECIBA son únicamente aquéllos que están regularmente inscritos para la Maestría o el Doctorado. II) Personal asociado:
1) Investigador Asociado.
Reglamentaciones:
La calidad de Investigador del Programa es incompatible con la de estudiante de Doctorado o Maestría del PEDECIBA en la misma área, pero no necesariamente en áreas diferentes.
Respecto a los cargos electivos en:
a) Comisión Directiva del PEDECIBA: Cuando una persona sea simultáneamente estudiante e investigador del PEDECIBA en diferentes áreas, sólo podrá votar y ser elegido como estudiante, por similitud con las prioridades establecidas en la Ley Orgánica de la Universidad (equiparando docente con investigador).
b) Consejos Científicos de Areas: Se procederá de acuerdo a la calidad específica de la persona en el área en cuestión, utilizando prioridades similares a las de la Comisión Directiva.
Todos los investigadores del PEDECIBA serán evaluados cada tres años, a los efectos de mantener o modificar su grado en el Programa.
Los investigadores de 65 años o más, deberán ser evaluados como el resto de los investigadores del Programa en el caso de ser orientadores o co-orientadores de tesis de Maestría y/o Doctorado. (Resolución Comisión Directiva 18/09/03).
El PEDECIBA admitirá ingresos de investigadores de más de 65 años por vía de excepción.
Respecto a los cargos electivos en la Comisión Directiva y en los Consejos Científicos:
a) un estudiante que se recibe o que abandona la carrera, tiene tres meses para renunciar al cargo.
b) un investigador que no es renovado como tal en el Programa, cesa en el cargo automáticamente.
c) los investigadores residentes en el exterior no serán electores ni elegibles.
Se trata de científicos reconocidos como tales por el Consejo Científico del Area, residentes o no en el país, que realizan actividades concretas en el PEDECIBA (por ejemplo: dictado de cursos de posgrado, orientación de tesistas, dirección de proyectos de investigación, etc.).
2) Colaboradores.
Se trata de personas que residen o no en el país, pero que colaboran desde el punto de vista técnico o académico con el Programa.